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	<title>El Investigador</title>
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	<pubDate>Wed, 06 Aug 2008 15:48:18 +0000</pubDate>
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		<title>¡D. Edmundo, no dilapide gratuitamente su credibilidad!</title>
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		<pubDate>Wed, 30 Jul 2008 01:20:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Crimen organizado]]></category>

		<category><![CDATA[Narcoactividad]]></category>

		<category><![CDATA[Narcotráfico]]></category>

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		<description><![CDATA[Gobierno reclama a 2 embajadas por vincular a Honduras con narcotráfico.
Tal como expresé en mi anterior artículo, desde que lo conocí con motivo del programa de TV DEBATE tomé aprecio al Sr. Orellana Mercado pues vi en él (no se si equivocadamente o no pues es verdad que no lo conocía a fondo) a un [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-size: medium;">Gobierno reclama a 2 embajadas por vincular a Honduras con narcotráfico</span>.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/edmundo_orellana.jpg"><img class="size-medium wp-image-241 alignright" style="border: 1px solid black; margin-left: 8px; margin-right: 8px;" title="edmundo_orellana" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/edmundo_orellana.jpg" alt="" width="208" height="288" /></a>Tal como expresé en mi anterior artículo, desde que lo conocí con motivo del programa de TV DEBATE tomé aprecio al Sr. Orellana Mercado pues vi en él (no se si equivocadamente o no pues es verdad que no lo conocía a fondo) a un hombre que luchaba por adecentar Honduras desde su difícil puesto de Fiscal General.</p>
<p style="text-align: justify;">Sin embargo, en los últimos tiempos me ha decepcionado. Dejando a un lado la cuestión personal de su falta de respuesta a mi requerimiento en relación con mi expulsión cuando era Ministro de Gobernación a la que debería haber contestado en su calidad de funcionario público, últimamente pareciera que se ha pasado al bando de los demagogos; primero hablando sobre la Directiva Europea relacionada con los inmigrantes (ojala se la haya leído para enterarse bien de lo que dice) y ahora haciéndose el &#8220;inocente&#8221; sobre algo que conoce muy bien puesto que en sus tiempos de Fiscal ya enfrentaba esa problemática &#8230; el narcotráfico en Honduras.</p>
<p style="text-align: justify;">No creo que abone en nada a la imagen del Sr, Orellana querer matar al mensajero y hacer la del avestruz ante un problema real que afecta seria y gravemente a su país. En todo caso y por coherencia, deberá presentar, también, una protesta al &#8220;venerable&#8221; Comisionado Nacional de los DDHH, Sr. Custodio, ya que ha dicho claramente en varias ocasiones que el narcotráfico existe en Hibueras; <a title="El Comisionado de Derechos Humanos en Honduras denuncia la existencia de corredores de droga" href="http://www.diariometro.es/es/article/efe/2008/07/29/620517/index.xml" target="_blank">leer aquí</a><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png"><img class="alignnone size-full wp-image-244" style="margin-left: 4px; margin-right: 4px;" title="external" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png" alt="" width="10" height="10" /></a>y <a title="Denuncian que las drogas en Honduras no dejan rastro, pero sí &quot;bolsillos llenos&quot;" href="http://www.soitu.es/soitu/2008/06/21/info/1214076002_710684.html" target="_blank">aquí</a><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png"><img class="alignnone size-full wp-image-244" style="margin-left: 4px; margin-right: 4px;" title="external" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png" alt="" width="10" height="10" /></a>sólo por poner dos ejemplos de los muchos que existen y que todos los hondureños conocen salvo, a lo que parece, el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores.</p>
<p style="text-align: justify;">En lugar de tomar buena nota y poner los medios efectivos para combatir ese flagelo, D. Edmundo le pide explicaciones a dos Embajadas, EEUU y Francia, [hecho en falta a la mía, España, que como siempre parece muda y ciega] y les solicita ¡evidencias! de lo que manifiestan:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;"><span class="textos">“En consecuencia sería moralmente aceptable presentar a nuestras autoridades las evidencias de dichas afirmaciones para proceder de inmediato y de no ser así que el señor embajador se retractase ya que dichas declaraciones están generando especulaciones que no le hacen bien ni a los Estados Unidos ni a Honduras”.</span></p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Bien sabe el Sr. Orellana que las evidencias <a title="Policía busca a capo &quot;El Chapo&quot; Guzmán en Honduras" href="http://www.radiolaprimerisima.com/noticias/resumen/26902" target="_blank">nunca se encuentran</a><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png"><img class="alignnone size-full wp-image-244" style="margin-left: 5px; margin-right: 5px;" title="external" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png" alt="" width="10" height="10" /></a>en Honduras, tal como él me comentaba  en las cenas en las que los invitados al ya mencionado programa DEBATE nos reuníamos tras la grabación del mismo y en las que se producían tertulias muy interesantes como D. Edmundo seguramente recordará.</p>
<p style="text-align: justify;">Por supuesto, me hace mucha gracia cuando manifiesta a las Embajadas que procederá de inmediato. ¿Se refiere acaso a la inmediatez con la que el Estado hondureño todavía no ha resuelto el asunto del <a title="Parece que es un avión vinculado al narcotráfico: Gautama Fonseca" href="http://wikihon.el-investigador.com/index.php?title=Parece_que_es_un_avi%C3%B3n_vinculado_al_narcotr%C3%A1fico:_Gautama_Fonseca" target="_blank">avión fantasma</a><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png"><img class="alignnone size-full wp-image-244" style="margin-left: 4px; margin-right: 4px;" title="external" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png" alt="" width="10" height="10" /></a>que aterrizó en Toncontín?. ¿O acaso se refiere a la clarificación de <a title="Informe revela detalles de carteles del narcotráfico" href="http://www.inforpressca.com/inforpress/infor2003/1518-8.htm" target="_blank">este asunto</a><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png"><img class="alignnone size-full wp-image-244" style="margin-left: 4px; margin-right: 4px;" title="external" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/external.png" alt="" width="10" height="10" /></a>que todavía sigue en las tinieblas?.</p>
<p style="text-align: justify;">¡D. Edmundo, no dilapide gratuitamente su credibilidad!</p>
<p><a title="caricatura por El Investigador - Honduras, en Flickr" href="http://www.flickr.com/photos/hibueras/2738136515/"><img src="http://farm4.static.flickr.com/3060/2738136515_ac2a50c8ca.jpg" alt="caricatura" width="500" height="321" /></a></p>

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		<title>No hay que dejarse engañar por la demagogia</title>
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		<pubDate>Fri, 04 Jul 2008 23:45:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

		<category><![CDATA[DDHH]]></category>

		<category><![CDATA[Inmigración]]></category>

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		<description><![CDATA[Hoy, 4 de julio, hace exactamente cuatro años que me expulsaron de Honduras.
Y justamente en estas fechas hay un gran debate sobre la Directiva Europea que acaba de ser aprobada en relación con los emigrantes ilegales que están en Europa.
En relación a ella, ha habido un sinfín de manifestaciones desde todos los puntos cardinales, principalmente [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Hoy, 4 de julio, hace exactamente cuatro años que me expulsaron de Honduras.</p>
<p style="text-align: justify;">Y justamente en estas fechas hay un gran debate sobre la Directiva Europea que acaba de ser aprobada en relación con los emigrantes ilegales que están en Europa.</p>
<p style="text-align: justify;">En relación a ella, ha habido un sinfín de manifestaciones desde todos los puntos cardinales, principalmente de América Latina, la mayoría de ellas basadas en la retórica y en la demagogia hechas por personas que en su mayoría ni se han leído la mencionada Directiva [Ley en el ámbito de la UE].</p>
<p style="text-align: justify;">Ya escribí una contestación al Sr. Presidente de Bolivia, que sirve para todos los demás y en este blog me quiero centrar en responder a los que han hablado en Honduras y entre ellos a D. Edmundo Orellana, al Dr. Ramón Custodio, al FOSDEH y la Asociación de Agencias de Cooperación Internacional (ACI).</p>
<p style="text-align: justify;">Como preámbulo transcribo un artículo, que no he escrito yo, pero con el que estoy totalmente de acuerdo ya que por una vez se describe el fenómeno de la inmigración de una forma basada en lo que es la realidad, hecho con la razón y no con el estómago.</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">José Antonio Funes*<br />
Inmigración, hipocresía y fobias</p>
<p style="text-align: justify;">Abusaríamos de nuestra ignorancia si dijéramos que la expulsión de inmigrantes ilegales en Europa comienza con la Directiva de Retorno. Desde hace años veo por la televisión francesa autobuses llenos de africanos que son conducidos al aeropuerto para hacerles tomar un avión de retorno, custodiados por autoridades migratorias. Incluso, día a día puede verse en un rincón del aeropuerto de Barajas a muchos ciudadanos a los que se les niega el derecho de entrada a España, por presumir que lo que pretenden es quedarse ilegalmente en ese país. El año pasado fui testigo de una escena verdaderamente patética, cuando los agentes de migración española le preguntaron a un compatriota si Madrid tenía mar, y el pobre que quizás nunca había ido a la escuela –o había ido y no se lo enseñaron nuestros abnegados maestros- contestó que sí. Y de vuelta a casa con sus frustraciones y sus deudas.</p>
<p style="text-align: justify;">Lo que nosotros debemos preguntarnos es: ¿tenemos derecho los hondureños a protestarle en la cara a los europeos o a los gringos para que no expulsen a nuestros emigrantes ilegales? ¿Qué han hecho gobiernos y empresarios nacionales para brindar a nuestros compatriotas un trabajo digno, un nivel de vida digno en Honduras? Pues nada, nada de nada. Nos hemos venido acomodando a que las remesas sigan siendo el sostén principal de nuestra economía. Y a esa fiesta que parecía perenne se han venido uniendo, entre otros, los bancos, las compañías de envíos de dinero, las empresas de celulares y las empresas de transporte aéreo.</p>
<p style="text-align: justify;">Pues la fiesta hace rato que está llegando a su fin. Solamente este año vamos a tener más de 30 mil expulsados de Estados Unidos. ¿Dónde están la OEA, el Mercosur y los presidentes centroamericanos para protestar contra este “crimen”? Y nosotros, ¿hasta cuándo vamos a seguir cifrando nuestras esperanzas en esos 185 mil compatriotas que abandonan cada año su patria que se hunde como un barco podrido? En El Salvador, incluso, los ricos han erigido un monumento “al hermano lejano”. Sí, “ese hermano lejano” que tuvo que irse lejos porque en su país no se le reconocía ni como “hermano” ni como ser humano con sus derechos, pero que con sus dolaritos ganados a sudor y sangre en el extranjero hace más grande la sonrisa de una muchacha en un anuncio de TACA ¡Cuánta hipocresía!</p>
<p style="text-align: justify;">Ser pobre de un país pobre está costando cada día más caro. Los países, que antes eran permisivos con la inmigración, ahora están creando leyes más severas contra los inmigrantes ilegales. Esos inmigrantes que huyen de su patria con miedo y luego enfrentan a diario el miedo de ser extranjeros. Expulsarlos por ser “sin papeles”, por llamarse “Nadie” como el mítico Ulises, es inmoral. ¿Pero cuántas leyes no están hechas para proteger a los ricos de los pobres? Por el momento no vale ninguna protesta. Ni la OEA, ni los gobiernos centroamericanos, ni los del Mercosur pueden obligar a Europa a cambiar sus leyes. En vez de rasgarse las vestiduras y patalear inútilmente, nuestro gobierno debería negociar con la Unión Europea para abrir oportunidades de trabajo digno a nuestros hermanos. Esto permitiría una inmigración legal y ordenada, sin que los hondureños sean víctimas de las mafias de traficantes de ilegales, o que no les toque la mala suerte de imaginar que Madrid tiene mar.</p>
<p style="text-align: justify;">*Escritor</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Está tan claro este artículo que me ha evitado escribir muchas líneas y de él entresaco dos preguntas fundamentales:</p>
<ol>
<li style="text-align: justify;">¿Qué han hecho gobiernos y empresarios nacionales para brindar a nuestros compatriotas un trabajo digno, un nivel de vida digno en Honduras?.</li>
<li style="text-align: justify;">¿Hasta cuándo vamos a seguir cifrando nuestras esperanzas en esos 185 mil compatriotas que abandonan cada año su patria que se hunde como un barco podrido?.</li>
</ol>
<p style="text-align: justify;">Estas dos preguntas son claves a la hora de estudiar el fenómeno de la emigración, aunque hay algunas otras, y son las que los citados anteriormente [D. Edmundo Orellana, Dr. Custodio, FOSDEH y la Asociación de Agencias de Cooperación Internacional (ACI)] deberían contestar en lugar de comportarse como hipócritas fariseos, rasgándose las vestiduras, de cara a la &#8220;galería&#8221; intentado engañar una vez más a los hondureños, que todo hay que decirlo, cada día son menos crédulos de las mentiras que les lanzan.</p>
<p style="text-align: justify;">A mi no pueden engañarme pues no necesito hablar por boca de terceras personas ya que sufrí directamente los abusos que ahora ellos cuestionan <span style="text-decoration: underline;"><strong>sin ser</strong><strong> ilegal</strong></span> [soy la prueba viviente de su hipocresía] y, además, no soy un iletrado al que se puede engañar con lágrimas de cocodrilo. A estos &#8220;próceres&#8221; que protestan <strong>no les importan los DDHH</strong>, pues ellos los pisotean diariamente desde hace mucho tiempo, <span style="text-decoration: underline;"><strong>lo que les interesa es que aquellos a los que han expulsado de su propia Patria los sigan manteniendo con su trabajo por medio de las remesas que envían</strong></span>; a ellos <span style="text-decoration: underline;"><strong>lo que no les interesa es tener que recibir a un montón de deportados que agravarían las pésimas condiciones en las que tienen el país por su incompetencia y su corrupción</strong></span>. <span style="color: #ff0000;"><strong><span style="text-decoration: underline;">Esos y no otros son sus intereses y sus temores</span></strong></span> y debe quedar muy claro .</p>
<p style="text-align: justify;">Cuando el Gobierno de Honduras me <a title="Mi expulsión de Honduras" href="http://esp.miguel-de-arriba.com/Mi_Expulsion4.htm" target="_blank">expulsó</a> lo hizo sin ningún tipo de garantía legal [vinieron a buscarme con un gran despliegue de fuerza, ya que debieron considerarme un delincuente muy peligroso, a las 4 de la tarde de un sábado y me embarcaron a las 9 de la mañana del domingo en un vuelo SPS - San Salvador - Ciudad de Méjico - Frankfurt - Madrid separándome de mi familia] y los únicos políticos que hicieron oír su voz en aquellos momentos fueron D. Rodolfo Pastor y el Dr. Ramón Villeda Bermúdez.</p>
<p style="text-align: justify;">¿Donde estaba D. Edmundo Orellana?, ¿donde estaba el Comisionado Nacional de los DDHH, el ínclito Dr. Custodio, que es una vergüenza para los DDHH?, ¿dónde estaban todos los demás que ahora &#8220;protestan&#8221;? &#8230; porque yo no oí su voz. ¿O será que los DDHH sólo existen cuando les conviene a ellos?.</p>
<p style="text-align: justify;">Posteriormente, cuando el nuevo Gobierno tomó el poder me dirigí al Sr. Orellana y nunca me contestó, me dirigí a otros políticos y nunca me contestaron, me dirigí al actual Ministro de Gobernación y me contestó que estudiaría mi caso, pero nunca más se supo.</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">De:<a title="mailto:info@cedoh.org" href="mailto:info@cedoh.org">CEDOH</a><br />
Fecha: 21/01/2008  11:11:11<br />
Para:<a title="mailto:migueldearriba@gmail.com" href="mailto:migueldearriba@gmail.com">migueldearriba@gmail.com</a><br />
Asunto: VICTOR  MEZA<br />
Estimado amigo:<br />
Acuso  recibo de su atenta nota del 16.01.2008 en la que hace referencia a su carta  enviada al señor Presidente de la República.<br />
Ahora  que he sido nombrado Ministro de Gobernación le aseguro que me ocuparé de su  caso y buscaré toda la información oficial que hay al respecto. Debo decirle que sólo entraré efectivamente  en funciones a partir del 1º de febrero  próximo.<br />
Espero  estar en contacto con  usted.<br />
Le  saluda,<br />
Cordialmente,<br />
Víctor  Meza</p></blockquote>
<p style="text-align: justify;">En cuanto al FOSDEH, que es una Institución que ha realizado un trabajo muy serio en orden a explicar las grandes cifras económicas de Honduras para desenmascarar las grandes mentiras que los gobiernos hondureños han ido diciendo de forma reiterada a los ciudadanos y por la que siento un gran respeto, me atrevo a aconsejarle que siga haciendo aquello que sabe hacer, y muy bien por cierto, y que deje la demagogia para los políticos pues con ellos la hay de sobra en la querida Hibueras.</p>
<p style="text-align: justify;">En relación a la Asociación de Agencias de Cooperación Internacional (ACI), decirle que cuando quieran podemos debatir seriamente que ha sucedido con los miles de millones de dólares que han manejado en los últimos 20 años en Honduras para que no se haya erradicado la pobreza. ¿Será que no les interesa acabar con ella pues sería tanto como matar la &#8220;gallina de los huevos de oro&#8221; a expensas de la que viven &#8230; ¡y muy bien por cierto con todos sus privilegios de buenos sueldos, coches último modelo y hoteles de lujo!?. Señores, hay que ser más serios y no creer que todo el mundo es ignorante y comulga con ruedas de molino.</p>
<p style="text-align: justify;">Si a los millones que han manejado los de la ACI les sumamos los millones de las remesas y la reciente condonación de deuda está muy claro que la pobreza debería haber desaparecido de Honduras; sin embrago, no sólo no ha desaparecido sino que ha aumentado. ¿Dónde está pues todo ese dinero?. Esa es la pregunta que los ciudadanos deben hacerse y hacerle a ellos.</p>
<p style="text-align: justify;">A algunas Instituciones populares que todavía buscan excusas de lo que sucede en Honduras en lo que sucedió hace 500 años hay que decirles que ya es hora de que comiencen a vivir el presente y a asumir sus propias responsabilidades. Por si no se han enterado, Honduras es independiente desde el 15 de septiembre del año 1821 y por ello se autogobierna desde hace ¡187 años!. ¿Será que sus gobernantes no han podido hacer nada bien en favor de sus ciudadanos en todo ese tiempo?.</p>
<p style="text-align: justify;">Por último, dejar una idea final a todos mis amigos hondureños: Si en Honduras se viviese como en los países desarrollados, es decir, si se tuviesen las mismas condiciones políticas y económicas que allí, ¿se tendrían que ir los hondureños de Honduras pasando las mil y una penalidades a los EEUU o Europa?.</p>
<p style="text-align: justify;">Yo opino que no, &#8230; ¡<strong>que cuando viajasen lo harían como turistas, pero no como ilegales</strong>!.</p>
<p style="text-align: justify;">Es a los políticos y empresarios corruptos, que son los que tienen a Honduras postrada, a los que hay que reclamar por las deficientes condiciones de vida que padecen los hondureños, pues son ellos , y no otros, los obligados a darles respuestas a sus necesidades.</p>
<p style="text-align: justify;">
<p style="text-align: center;"><a title="Progreso por El Investigador - Honduras, en Flickr" href="http://www.flickr.com/photos/hibueras/2659090857/"><img class="aligncenter" src="http://farm4.static.flickr.com/3011/2659090857_7a25198691.jpg" alt="Progreso" width="480" height="374" /></a></p>

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		<title>Apoyemos la impugnación a la ley electoral</title>
		<link>http://investigador.el-investigador.com/2008/05/29/apoyemos-la-impugnacion-a-la-ley-electoral/</link>
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		<pubDate>Fri, 30 May 2008 03:12:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

		<category><![CDATA[Emilio Guerrero ("Mecate")]]></category>

		<category><![CDATA[Política]]></category>

		<category><![CDATA[Ley Electoral]]></category>

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		<description><![CDATA[Un heroico minúsculo grupo de mosqueteros encabezados por D´Artagnan Carlos Urbizo, Rodolfo Pastor, Carlos Kattán, Juan Ramón Martínez  y otros elementos subversivos si se ve desde la perspectiva de la cúpula corrupta de Honduras  se lanzaron a la cruzada jurídica de tratar de impugnar la ley electoral hondureña.
IMPUGNAR 

 Combatir,    [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span>Un heroico minúsculo grupo de mosqueteros encabezados por D´Artagnan Carlos Urbizo, Rodolfo Pastor, Carlos Kattán, Juan Ramón Martínez <span> </span>y otros elementos subversivos si se ve desde la perspectiva de la cúpula corrupta de Honduras <span> </span>se lanzaron a la cruzada jurídica de tratar de impugnar la ley electoral hondureña.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span>IMPUGNAR </span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span> Combatir,      contradecir, refutar con un recurso algo que se cree erróneo o ilegal:<br />
impugnó el fallo del tribunal.</span></li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span>La razón que estos ciudadanos honorables alegan es que la famosa ley, con nombre y apellido feudal bipartidista, está ajustada  a un sistema arcaico, corrupto, bipartidista, <span> </span>jurasico y manipulable y constituye un instrumento que permite a la sociedad privada propietaria de los partidos políticos escoger a su propio albedrio todos los testaferros <span> </span>utilizables para la ejecución del continuo subdesarrollo que mantiene a la república de Honduras en un atraso fundamentalista basado en la teoría utópica de &#8220;que dicha tan grande nacer en honduras&#8221;.</span><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span>Tienen toda la razón los compañeros que impugnan un aparato que desde 1980 mantiene en el poder como dueños soberanos de la miserable Honduras a un grupo  heterogéneo de políticos de la peor especie graduados en la licenciatura de la MANDRAKADA como dice mi querido y patricio comandante,  Rodolfo Pastor Fasquelle. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span>La última gran huelga de hambre llevada a cabo por los fiscales  en contra del corrupto Ministerio Público es un ejemplo concreto de la forma y modo en que los viejitos anquilosados utilizan la ley electoral para ejercer su dictadura de silencio, secreto, complicidad, pactos y conductas que mantienen a Honduras en un diario precipicio de ingobernabilidad.</span></p>
<p><span>Ud., común ciudadano, esclavo del último enclave anticomunista del totalitarismo mercantilista de “bananaland”  es testigo directo de la famosa y única ley electoral del mundo capaz de señalar con el dedo a cada candidato. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span>Ud. es testigo de la amoralidad y la inmovilidad de todo un aparato de estado que trabaja sólo en función de los intereses personales de los señores del feudo. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>1.El desastre total de la educación superior hondureña.</span><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>2. La ineficacia general de la justicia hondureña. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>3. La vergonzosa existencia de un Congreso Nacional manejado como chanchera glotona. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>4. Un Ministerio Público con una mirada abismal y contemplativa al placer corrupto institucional. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>5. Una dirigencia partidista manipulada por obscuros potentados que ordenan desde un celular.</span><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>6. Una Corte Suprema construida y equipada para servir los intereses de dos partidos políticos <span> </span>gemelos.</span><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>7. Una administración pública al servicio del magnate privado. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>En fin,  si Ud. mi estimado mortal Hondureñ@ le dedica un momento de reflexión a la ley electoral descubrirá que Ud. jamás podrá alcanzar un puesto de elección popular a menos que un dedo mágico con un anillo de diamantes lo escoja. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>Reconocerá, entre otros asuntos, que una vez sea Ud. escogido por  las divinas alturas tiene que estar al servicio total de los intereses de los magnates del crimen contra la nacionalidad llamada Honduras, donde siete millones de seres se debaten cada día por sobrevivir en condiciones paupérrimas y en extremas condiciones de violencia social y económica producto de esa ley electoral que escoge no los elementos nacidos del pueblo, no los lideres de cada región, sino los adoctrinados engendros de la corrupción institucional para que trabajen y construyan la riqueza total de una élite  devoradora de la riqueza que le pertenece al noble pueblo hondureño. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>Apoyar la impugnación a la ley electoral es una urgente condición revolucionaria de la resistencia cívica para cambiar el statu quo que mantiene a Honduras en una condición de retraso apocalíptica. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>La lucha debe ser amplia y de consensos, de demostración física y objetiva en un país que por causas de la corrupción bien instalada no tiene derecho a un plebiscito o a un referéndum nacional en donde el pueblo hondureño pueda decidir por voto popular si la ley electoral debe ser revocada. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>Los distritos electorales son la pesadilla de los corruptos. Ellos saben que el día que cada ciudadano tenga el poder de escoger a su líder regional la Patria se vestirá de lujo popular. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>La ley electoral actual es solo la punta del iceberg de un país gobernado por y para la corrupción.</span></p>
<p><span>Urge que apoyemos  la impugnación a la ley electoral. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>La resistencia cívica demuestra la existencia de una conciencia ciudadana. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span>No a los candidatos corruptos y jurásicos.</span><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom: 0.0001pt; text-align: justify;"><strong><span>Emilio Guerrero &#8220;mecate&#8221;</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span> </span></p>

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</ul>

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		<title>D. Carlos Urbizo y la ley electoral</title>
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		<pubDate>Fri, 30 May 2008 03:10:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

		<category><![CDATA[Denuncia]]></category>

		<category><![CDATA[Emilio Guerrero ("Mecate")]]></category>

		<category><![CDATA[Justicia]]></category>

		<category><![CDATA[Política]]></category>

		<category><![CDATA[Ley Electoral]]></category>

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		<description><![CDATA[Honorable Carlos Urbizo.
Su lucha es  totalmente legal ya que toda nación democrática que se respete debe permitir la confrontación entre el poder del Estado y el poder ciudadano.
Honduras hasta este preciso momento es una hacienda privada de una oligarquía elitista y corrupta que en forma de clubes se reparten con alevosía y ventaja, en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Honorable Carlos Urbizo.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Su lucha es  totalmente legal ya que toda nación democrática que se respete debe permitir la confrontación entre el poder del Estado y el poder ciudadano.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Honduras hasta este preciso momento es una hacienda privada de una oligarquía elitista y corrupta que en forma de clubes se reparten con alevosía y ventaja, en perjuicio de cada miserable hondureño, los despojos de todo aquello que les resulte rentable.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Ud, mi querido Carlos, lo describe como mercantilismo y estudiando las leyes comerciales y de la economía descubrimos como toda la estructura político-económica hondureña esta concentrada en pocas manos para beneficio extraordinario de ese pequeño sector mafioso que durante 187 años de falsa independencia se ha emborrachado con las riquezas de nuestros humildes compatriotas.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">El corrupto Congreso Nacional, centro porquerizo de engorde,  sirve a los intereses mas obscenos de enriquecimiento rápido y de condonaciones  de deudas que hunden cada día más  a los organismos del Estado, que completamente quebrados pasan a las manos privadas de los mismos corruptos que estafaron al pueblo hondureño.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">La crisis energética hondureña tiene nombre y apellido.<br />
El desastre de Hondutel tiene nombre y apellido.<br />
La deforestación hondureña tiene nombre y apellido.<br />
La estafa educativa superior tiene nombre y apellido.<br />
La devaluación constante  de una moneda famélica tiene nombre y apellido.<br />
Las quiebras bancarias tienen nombre y apellido.<br />
En fin, la escasez de granos y alimentos tiene nombre y apellido y también la destrucción del agro, etc. &#8230;.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Es el Congreso Nacional de Honduras y su cria de capones cerdos los que durante los ultimos 28 años fueron construyendo un lodazal histórico que disfrutan  sin ningún escrúpulo en medio de sus propios excrementos llamados leyes, nominaciones, elecciones, adjudicaciones, etc.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">La culminación corrupta hondureña ya llego a su máximo contexto cuando los clubes tanto de Palmira, Coyolito y de Palmeras acompañados por una falsa empresa privada, que no es mas que una mampara mercantil de lo improductivo, hoy por hoy mantienen un férreo control sobre cada engordado diputado que marcado con el fierro del propietario sirve a los intereses mas  purulentos de la corrupción.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Su lucha es valida Carlos Urbizo y ella  no quedara  en los aires porque es la semilla  sembrada en buena tierra y su honestidad y transparencia le acreditan los requisitos de legitimidad para  exigir un cambio.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;"><strong><span style="font-size: small;">¡Hasta la victoria final!</span></strong></span></p>
<div style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Emilio Guerrero</span></div>
<div style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">&#8220;mecate&#8221;</span></div>

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		<title>Recurso para liberar la democracia hondureña de sus secuestradores</title>
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		<pubDate>Thu, 22 May 2008 01:34:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Denuncia]]></category>

		<category><![CDATA[Justicia]]></category>

		<category><![CDATA[Política]]></category>

		<category><![CDATA[Ley Electoral]]></category>

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		<description><![CDATA[Adjunto el recurso que se ha presentado ante la Corte Suprema de Honduras para liberar a la democracia de las cadenas que los dueños de los partidos políticos le han puesto al objeto de tenerla secuestrada y poder de esa forma manipularla a su antojo burlándose de los ciudadanos.
Este blog apoya este recurso de inconstitucionalidad [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><span style="line-height: 150%;" lang="ES-TRAD"><span style="text-decoration: none;">Adjunto el recurso que se ha presentado ante la Corte Suprema de Honduras para liberar a la democracia de las cadenas que los dueños de los partidos políticos le han puesto al objeto de tenerla secuestrada y poder de esa forma manipularla a su antojo burlándose de los ciudadanos.</span></span></p>
<p style="text-align: justify;">Este blog apoya este recurso de inconstitucionalidad de forma irrestricta y lo publica para conocimiento de los hondureños, ya que seguramente no será dado a conocer por los medios tradicionales a los que no les interesa que los ciudadanos conozcan la realidad de lo que sucede en su Patria pues podría poner en peligro los intereses de sus dueños.</p>
<p style="text-align: justify;">Esta es una nueva ocasión para darse cuenta de cómo &#8220;respira&#8221; la Corte Suprema de Justicia, o lo que es lo mismo, de como &#8220;respiran&#8221; sus componentes.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¡ ADELANTE HONDURAS !</strong></p>
<p style="text-align: justify;">&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-</p>
<p class="MsoBodyText" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span style="line-height: 150%;" lang="ES-TRAD">SE INTERPONE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD POR VÍA DE ACCION.- QUE POR RAZON DE CONTENIDO SE DECLARE LA INCONSTITUCIONALIDAD PARCIAL DE LA LEY ELECTORAL Y DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS DECRETO NUMERO 44-2004.- SE CONFIERE PODER.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Honorable Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>NOSOTROS</span><strong><span style="font-size: 14pt; line-height: 150%;">, </span><span>CARLOS ALBERTO URBIZO SOLIS, </span></strong><span>casado<strong>, </strong>Licenciado en Administración de Empresas del domicilio de San Pedro Sula Departamento de Cortés, hondureño con tarjeta de identidad número 0501-1943-00584, <strong>RODOLFO PASTOR FASQUELLE, </strong>casado, Historiador del domicilio de San Pedro Sula Departamento de Cortés, hondureño con tarjeta de identidad número 0501-1948-00992, <strong>JUAN RAMON MARTINEZ BARDALES, </strong>casado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales y Periodista Analista del domicilio de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central Departamento de Francisco Morazán, hondureño con tarjeta de identidad número 0101-1941-00225, <strong>CARLOS GABRIEL KATTAN SALEM, </strong>casado, Licenciado en Contaduría Pública y Empresario del domicilio de San Pedro Sula Departamento de Cortés, hondureño con tarjeta de identidad número 0501-1957-03653, <strong>AMILCAR SANTAMARIA, </strong>casado, Periodista del domicilio de San Pedro Sula Departamento de Cortés, hondureño con tarjeta de identidad número 0801-1972-1185, y, <strong>RAMON ECHEVERRIA LOPEZ, </strong>casado, Abogado del domicilio de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central Departamento de Francisco Morazán, hondureño con tarjeta de identidad número 0801-1965-00511, todos mayores de edad y ciudadanos en pleno goce y uso de nuestros derechos; actuando en nombre propio por considerarnos lesionados en nuestro interés directo personal y legítimo, y en defensa de los derechos que la Constitución de la República garantiza a los Hondureños, con todo respeto comparecemos ante Vos interponiendo <strong><span style="text-transform: uppercase;">RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD POR VÍA DE</span></strong></span><strong><span lang="ES-TRAD"> ACCION PARA QUE POR RAZON DE CONTENIDO SE DECLARE LA INCONSTITUCIONALIDAD  PARCIAL DE LA LEY ELECTORAL Y DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS DECRETO NUMERO 44-2004</span></strong><span>, acción que cumpliendo los requisitos y formalidades que establece la Ley sobre Justicia Constitucional, formulamos y sustentamos en los términos siguientes:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>EXPRESION DEL OBJETO DE LA SOLICITUD.<span> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>Artículo 78 de la Ley Sobre Justicia Constitucional</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><em><span> </span></em></strong><strong><em><span style="font-size: 14pt; line-height: 150%;">“La  Declaración de Inconstitucionalidad de una Ley o alguno (s) de sus preceptos podrá solicitarse en cualquier tiempo posterior a su vigencia”.</span></em></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>La presente solicitud que tiene por objeto se declare la  Inconstitucionalidad Parcial de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, se formula invocando lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Sobre Justicia Constitucional que se transcribe, en vista de que el evento previsto en la referida normativa para solicitar la declaratoria de Inconstitucionalidad de algunos de los preceptos de una ley, efectivamente se produce respecto a la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, como lo explicamos a continuación:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>La  Ley Electoral</span><span> y de las Organizaciones Políticas Decreto Legislativo número 44-2004 entró en vigencia el 15 de mayo del 2004 con motivo de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta número 30390, la misma aunque contiene disposiciones<span> </span>para que la Función Electoral se ejecute en la forma que ordena la Constitución de la República, <strong>también contiene varias disposiciones desvinculadas totalmente de la Carta Magna respecto a lo que ésta establece para el ejercicio de la Función Electoral, empero lo que es más grave aún, es que contiene disposiciones que vulneran lo que la Constitución de la República ordena para que los hondureños ejerzan su derecho a ser electos en los Cargos de Presidente de la  República, Vicepresidente de la República , Diputados al Congreso Nacional, Alcaldes, Vicealcaldes y Regidores,<span> </span>porque les impone<span> </span>y exige que para ejercer dicho derecho deben cumplir condiciones tales como constituir un Movimiento Interno dentro del Partido Político en el cual militan para postularse como candidato a uno de los cargos relacionados, y, para obtener su inscripción para participar en el proceso electoral, acreditar exagerados monstruosos e ilegales requisitos no enunciados en los artículos 198 y 238 de la  Constitución de la República, circunstancia por la cual el ejercicio y goce por los ciudadanos hondureños de los derechos constitucionales de elegir y ser electos, IPSO FACTO se transforman en NUGATORIOS.</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Las disposiciones que se contraponen a la Constitución de la República en lo que respecta a la Función Electoral y las disposiciones que defraudan<span> </span>intencionalmente el derecho de los ciudadanos hondureños convirtiéndolos en nugatorios en evidente oposición a la intención<span> </span>expresada por el Poder Constituyente en la Constitución de la República, fueron incorporadas por el Poder Legislativo en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, porque este Poder del Estado lo consideró necesario<span> </span><strong><span style="text-decoration: underline;">por ser producto de la experiencia electoral obtenida durante los últimos veinte (20) años</span></strong>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>La circunstancia de incorporar en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas disposiciones obtenidas de la experiencia electoral no<span> </span>reconocidas por el Poder Constituyente, sin que previamente se hubiese reformado la Constitución de la República como en derecho corresponde, hizo incurrir al Poder Legislativo en la omisión inexcusable de que en la  Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas promulgada en el año 2004 es decir 12 años después de haber entrado en Vigencia la Constitución de la República, <strong>NO SE CUMPLA Y RESPETE LA ORDEN CONSTITUCIONAL</strong> de que para el ejercicio del Sufragio en todo proceso electoral, <strong>SE DEBE GARANTIZAR EN FORMA PREEMINETE a los ciudadanos hondureños, el respeto irrestricto al ejercicio de sus derechos constitucionales de elegir y ser electos</strong>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>“<strong><em><span style="text-decoration: underline;">Es importante destacar que el Poder Constituyente no otorgó los derechos de elegir y ser electos a Organizaciones Políticas cualquiera que fuera su forma o denominación, como si se los otorga la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas bajo el argumento de la experiencia electoral obtenida”.</span></em></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Como la Ley entró en vigencia, en los procesos electorales celebrados con posterioridad al año 2004, el Tribunal Supremo Electoral procedió a la aplicación de sus disposiciones, en especial las disposiciones incorporadas unilateralmente por el Poder Legislativo en perjuicio de los derechos Constitucionales de los ciudadanos hondureños para elegir y ser electos, disposiciones que se encuentran contenidas en los preceptos que a continuación señalamos:<span> </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>SEÑALAMIENTO DE LOS PRECEPTOS LEGALES QUE<span> </span>SE SOLICITA SEAN DECLARADOS INCONSTITUCIONALES.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Señalamos que los preceptos legales cuya declaratoria de Inconstitucionalidad pretendemos, lo constituyen disposiciones contenidas en artículos del<span> </span>Título V Capitulo II, y, del Título VII Capítulos I y II de <strong>La  Ley Electoral</strong><strong> y de las Organizaciones Políticas</strong> Decreto número 44-2004, preceptos que a continuación transcribimos íntegramente: </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>TITULO V</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>CAPITULO II</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 70.- Son derechos de los Partidos Políticos:</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>1)…2)…3)…4)</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>5)<span> </span>Organizar o reconocer en su caso, Movimientos Internos, Alianzas y Fusiones.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>TITULO VII</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span> </span>CAPITULO I</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 107.- Seis (6) meses antes de la fecha de celebración de las elecciones internas, las Autoridades Centrales de los Partidos Políticos harán el llamamiento a sus afiliados para que inscriban los movimientos internos por medio de los cuales participarán en el proceso.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 108.- Para que un movimiento de un Partido Político pueda participar en elecciones internas, deberá inscribir ante la autoridad central, a mas tardar cuatro (4) meses antes de la fecha de la elección, las nóminas de candidatos a los cargos de autoridad a nivel nacional, departamental y municipal, así como de convencionales o delegados, según el caso, de acuerdo con lo prescrito en sus estatutos; en más de la mitad de los departamentos y municipios de la República.- Vencido el plazo, la Autoridad Central del Partido Político notificará inmediatamente al Tribunal Supremo Electoral, la existencia o no de movimientos internos.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Si dentro de los cinco (5) días siguientes al de la notificación no se hubiera interpuesto impugnación, el Tribunal Supremo Electoral deberá comunicarlo inmediatamente a la autoridad central del Partido Político. En caso de impugnación esta se tramitará sumariamente y se comunicará lo resuelto a la autoridad central del Partido Político. </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 109.- Si la Autoridad Central, dentro del plazo señalado, no hubiese enviado la solicitud, documentos e informes al Tribunal Supremo Electoral, el movimiento interno dentro de los cinco (5) días calendario siguientes, podrá solicitar directamente ante éste, su inscripción, presentando la copia sellada de la documentación y de las nóminas de candidatos a cargo de Autoridad de Partido presentada ante la Autoridad Central del Partido Político. El Tribunal Supremo Electoral requerirá a la Autoridad Central del Partido Político para la remisión de la documentación original y resolverá lo procedente.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>TITULO VII</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>CAPITULO II</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 116.- Tendrán derecho a participar en las elecciones primarias, los movimientos internos que inscriban candidatos a la formula de Presidente y Vicepresidente de la República, nómina de candidatos a Diputados al Parlamento Centroamericano y nóminas de candidatos a Diputados al Congreso Nacional y de los Miembros de las Corporaciones Municipales en más de la mitad de los departamentos y municipios del país.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Los movimientos internos deberán presentar un listado de ciudadanos, que respaldan su inscripción conteniendo: Número de Tarjeta de Identidad, nombres y apellidos, domicilio, firma o huella dactilar, en un número no menor al dos por ciento (2.0%) del total de los votos válidos obtenidos por el Partido Político respectivo, en el nivel electivo de mayor votación, en la última elección general.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Los listados deberán incluir el nombre del Partido Político y Movimiento Interno, así como el Departamento y Municipio donde vivan los ciudadanos que respaldan la inscripción.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 117.- La solicitud de inscripción de cargos a elección popular se presentará ante el Tribunal Supremo Electoral, por medio de la Autoridad Central del respectivo Partido Político y deberá contener:</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>1) Nombre del Movimiento Interno, insignia, emblema y fotografía del candidato presidencial de cada Movimiento Interno. </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 120.- Si la Autoridad Central, dentro del plazo señalado, no hubiese enviado la solicitud, documentos e informes al Tribunal Supremo Electoral, el movimiento interno dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes, podrá solicitar directamente ante éste, su inscripción, presentando la copia sellada de la documentación y de las nóminas de candidatos a cargos de elección popular presentada ante la Autoridad Central del Partido Político. El Tribunal Supremo Electoral requerirá a la Autoridad Central del Partido Político para la remisión de la documentación original y resolverá lo procedente dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 121.- Finalizado el plazo de inscripción el Tribunal Supremo Electoral establecerá el orden en que se ubicaran los movimientos en las papeletas electorales, mediante un sorteo para cada Partido Político, válido para todos los niveles electivos.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>Artículo 128.- Finalizado el proceso electoral primario, los Movimientos Internos de los Partidos Políticos se disolverán.</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>INOBSERVANCIA DE PROHIBICION CONSTITUCIONAL EN LA  QUE HA INCURRIDO EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL POR LA APLICACIÓN DE LOS PRECEPTOS LEGALES SEÑALADOS.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>Artículo 64 de la  Constitución de la República.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><em><span style="font-size: 14pt; line-height: 150%;">“NO SE APLICARAN LEYES Y DISPOSICIONES GUBERNATIVAS O DE CUALQUIER OTRO ORDEN, que regulen el ejercicio de las declaraciones, derechos y garantías establecidas en esta Constitución, SI LOS DISMINUYEN, RESTRIGEN O TERGIVERSAN”.</span></em></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>El ejercicio del derecho constitucional de elegir</span></strong><span> mediante voto directo libre y secreto otorgado a los ciudadanos hondureños en la Constitución de la República, <strong>ES TERGIVERSADO</strong> en las disposiciones contenidas en los preceptos que señalamos de la Ley Electoral y de de las Organizaciones Políticas, como ciudadanos hondureños manifestamos y sostenemos lo expresado porque el Poder Legislativo lesionando gravemente la Constitución de la República, <strong>DELEGO EL DERECHO DE ELEGIR en una forma de organización política de carácter secundario no reconocida constitucionalmente denominada “MOVIMIENTO INTERNO</strong>, la cual según los preceptos antes señalados de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, se organiza, constituye, estructura y reconoce, a lo interno de los Partidos Políticos. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En virtud de la delegación del derecho de elegir otorgada expresamente por el Poder Legislativo a una organización política y no a los ciudadanos hondureños como manda la Constitución de la República, el dueño del Movimiento Interno asumiendo personalmente el derecho delegado por el Poder Legislativo, elige a su libre albedrío sin necesidad de realizar votación directa libre y secreta, a los ciudadanos que postulará por el “movimiento interno” de su propiedad para los cargos de elección popular, convirtiendo de esta manera en NUGATORIO el derecho de los demás ciudadanos que también gozan del derecho de ser elegidos.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>El ejercicio del derecho constitucional de ser electo en un cargo de elección popular</span></strong><span> mediante el voto directo libre y secreto, <strong>ES DIMINUIDO </strong>en las disposiciones contenidas en los preceptos que señalamos, en nuestra condición de ciudadanos hondureños manifestamos que se nos disminuye el derecho de ser electos, porque si no somos elegidos previamente por el dueño del “movimiento Interno”, <strong>NO </strong><span> </span>podemos acceder a las posibilidades que la Constitución de la República nos concede, para proponer una postulación a cargos de elección popular en base a cualidades y méritos personales, lo cual constituye una defraudación directa<span> </span>de nuestro derecho la cual<span> </span>beneficia directamente al dueño y a los ciudadanos postulados del movimiento interno . </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>El ejercicio del derecho constitucional de elegir y ser electo en un cargo de elección popular</span></strong><span> mediante el voto directo libre y secreto, <strong>ES RESTRINGIDO </strong>en las disposiciones contenidas en los preceptos que señalamos, ya que la elección previa que realiza el dueño del “movimiento interno” en la forma como hemos expresado, provoca en perjuicio de lo establecido en la Constitución de la República, <strong><span style="text-decoration: underline;">que el <span> </span>Sufragio se transforme de una función pública a<span> </span>una función privada</span></strong>, lo anterior debido a que los ciudadanos por una parte no tienen opción para postularse a cargos de elección popular, y por otra parte no tienen opción para decidir por los méritos y cualidades de quienes se<span> </span>postulan, sino que indefectiblemente están obligados a elegir únicamente entre los ciudadanos que eligió previamente el dueño del “movimiento interno”; la circunstancia expresada de continuar sucediendo en los procesos electorales por realizarse en el futuro podría degenerarse con resultados impredecibles.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Las autoridades de la República representadas por el Tribunal Supremo Electoral, no obstante lo evidente de la tergiversación, disminución y restricción de los derechos de elegir y ser electos otorgados a los ciudadanos hondureños, han cumplido y aplicado las disposiciones contenidas en los preceptos señalados, inobservando injustificadamente el mandato expreso consignado en el artículo 64 constitucional antes trascrito, circunstancia que nos obliga a formular el Recurso de Inconstitucionalidad por Vía de Acción, para obtener la restitución de nuestros derechos, disminuidos, tergiversados y restringidos por el Poder Legislativo en los preceptos legales señalados. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>MOTIVOS EN QUE SE FUNDAMENTA LA PRETENSION SOLICITADA DE QUE SEAN DECRETADOS INCONSTITUCIONALES LOS PRECEPTOS SEÑALADOS.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>La pretensión de que sea declarada la Inconstitucionalidad  Parcial de la ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, específicamente lo dispuesto en el Título V Capítulo II, artículo 70 numeral 5), y, en el Título VII Capítulos I y II, artículos 107, 108, 109, 116, 117 numeral 1), 120, 121 y 128; se fundamenta en los motivos que a continuación se expresan: </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>PRIMER MOTIVO:</span></span></strong><span> Lo dispuesto en el Título V, Capitulo II, artículo 70 numeral 5) de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas promulgada en el año 2004, es contrario a lo dispuesto expresamente en la  Constitución de la República que entró en vigencia el 20 de Enero de 1982, respecto al funcionamiento de los Partidos Políticos.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>La  Constitución</span><span> de la República en el artículo 47 otorga a los Partidos Políticos el carácter de Instituciones de Derecho Público, cuyo funcionamiento ha sido instituido expresamente para <strong>LOGRAR LA EFECTIVA  PARTICIPACION POLITICA DE LOS CIUDADANOS</strong>, es decir que dicha participación constituye la causa constitucional para su existencia y funcionamiento.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Al ser el funcionamiento de los partidos políticos garantizada constitucionalmente para el logro de la finalidad antes expresada, implica que en todo lo relacionado con la efectiva participación política de los ciudadanos, éstos devienen obligados a cumplir obligatoriamente lo que establece la  Constitución de la República respecto a los derechos de los ciudadanos y el sufragio en los siguientes artículos: Artículo 37. Son derechos del ciudadano, 1) Elegir y ser Electo; y, Artículo 45. Se declara punible todo acto por el cual se prohíba o limite la participación del ciudadano en la vida política del país.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 70 numeral 5) de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, sin expresar razones fundamentos o propósitos vinculados con lo enunciado en los artículos constitucionales antes citados, se le otorga a los Partidos Políticos, el derecho de Organizar o Reconocer en su caso, organizaciones políticas secundarias denominadas <strong>MOVIMIENTOS INTERNOS</strong>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>No es posible presumir bajo premisa creíble y sustentable alguna, que la pretensión de otorgar el derecho a Organizar o Reconocer Movimientos Internos a los Partidos Políticos en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, lo constituye el interés de facilitar la efectiva participación política de los ciudadanos, debido a que esta disposición vulnera en forma evidente tanto el Principio de Generalidad del Derecho al asegurar la constitución de una clase privilegiada encabezada por quienes organicen y dirijan el Movimiento Interno, como también limita la participación del ciudadano en la vida política del país, lo anterior debido a que<span> </span>los “movimientos internos” por voluntad unilateral del Poder Legislativo y contrario a lo establecido en la Constitución de la República, han sido delegados para<span> </span>elegir los ciudadanos que podrán ejercitar su derecho a ser electos y los ciudadanos que NO PODRAN EJERCITAR SU DERECHO DE SER ELECTOS.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>La delegación en los “movimientos internos” de elegir los candidatos a cargos de elección popular, es asumida personalmente por el dueño del movimiento interno por ser éste quién elige los candidatos a su entero gusto, en consecuencia el derecho de elegir deja de constituir un derecho de los ciudadanos hondureños y pasa a ser un derecho privativo del dueño del “movimiento interno”.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>SEGUNDO MOTIVO:</span></span></strong><span> Como lo dispuesto por el Poder Legislativo de otorgar a los Partidos Políticos el derecho de Organizar o Reconocer Movimientos Internos en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, para que cada uno de sus dueños a su vez ejerza el derecho de elegir los candidatos a cargos de elección popular, es contrario a la Constitución de la República como se ha expresado en el anterior motivo, también entonces es contrario a lo consagrado Constitucionalmente, todo lo dispuesto en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, respecto a la organización, reconocimiento y funcionamiento de los Movimientos Internos en los preceptos legales que hemos señalado antes, circunstancia que se ratifica en lo dispuesto expresamente en la Constitución de la República en el <strong>CAPITULO V DE LA FUNCION ELECTORAL</strong>, ya que no se incorpora disposición alguna que permita la constitución, existencia y funcionamiento de los Movimientos Internos, como organización política permanente o temporal, en la forma como fue establecido por el Poder Legislativo en las disposiciones de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, cuya declaración de inconstitucionalidad parcial se pretende.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Si las normas Constitucionales que regulan la Función Electoral no contemplan la  Organización y Reconocimiento de “Movimientos Internos” como una forma de organización política secundaria a los Partidos Políticos legalmente reconocidos, entonces la regulación de su organización y reconocimiento en la Ley  Electoral y de las Organizaciones Políticas adoptada por voluntad del Poder Legislativo con base a la experiencia electoral de los últimos veinte (20) años, es totalmente Inconstitucional.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>TERCER MOTIVO:</span></span></strong><span> La decisión del Poder Legislativo de imponer el cumplimiento de exorbitantes y exagerados requisitos para ejercer el derecho de elegir y ser electo, constituye en primer término <strong>UNA FORMA NUGATORIA</strong> que impide a los ciudadanos hondureños ejercitar por si mismos sus derechos, es decir que es una forma de defraudar una esperanza legítimamente garantizada; y , en segundo término constituye una forma velada de legitimar la delegación otorgada en contra de la Constitución de la República a los movimientos internos del derecho de elegir y ser electo.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Por las circunstancias expresadas las disposiciones legales antes señaladas, también son contrarias a la Constitución de la República. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>EXPLICACION DEL INTERES DIRECTO, PERSONAL Y LEGITIMO QUE MOTIVA LA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Interponemos Recurso de Inconstitucionalidad por Vía de Acción, porque invocando lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo 185 de la Constitución de la República, nos consideramos lesionados en nuestro interés directo, personal y legítimo; trilogía de lesiones que explicamos a continuación:<span> </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span style="text-transform: uppercase;"> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span style="text-transform: uppercase;">Nuestro Interés Directo es lesionado</span></strong><span>, en virtud de que para ejercitar nuestro derecho Constitucional a ser electos en nuestra condición de ciudadanos hondureños, es requisito obligatorio e indispensable obtener el consentimiento y aprobación del dueño o dueños de los movimientos internos, es decir que indefectiblemente se nos limita el ejercicio directo de nuestro derecho constitucional A SER ELECTOS.- En relación con el ejercicio de nuestro derecho A ELEGIR, se lesiona nuestro interés directo, por cuanto se nos obliga a elegir únicamente respecto a los candidatos propuestos por el o los dueños de los Movimientos Internos aunque sus virtudes sean totalmente desconocidas, impidiéndonos elegir a aquellos ciudadanos que por su trayectoria personal y profesional sean verdaderos<span> </span>merecedores de nuestra decisión. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>NUESTRO INTERES PERSONAL ES LESIONADO, </span></strong><span>en virtud de que se nos defrauda en la posibilidad de proponer nuestra elegibilidad a cargos de elección popular, por la imposición de cumplir requisitos exagerados y por delegar inconstitucionalmente el Poder Legislativo en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, el derecho a elegir los candidatos a dichos cargos a través de “movimientos internos”; en la realidad el derecho a elegir que ciudadanos son elegibles por virtud de las disposiciones evidentemente inconstitucionales es asumida por el dueño del “movimiento interno”, derecho que ejercita indiscriminadamente<span> </span>porque<span> </span>considera tener sustento legal para descartar sin justificación o motivación válida, las propuestas de elegibilidad de aquellos ciudadanos que considera no convienen a sus intereses personales, <strong>es decir que el interés personal del dueño del movimiento interno, sustituye el interés personal del ciudadano hondureño</strong>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><strong><span>NUESTRO INTERES LEGITIMO ES LESIONADO, </span></strong><span>en virtud de que la  Constitución de la República como ciudadanos hondureños nos legitima para elegir y ser electos, sin sujeción al cumplimiento de condición de pertenencia o afinidad a una organización política secundaria o “movimiento interno” ni al cumplimiento de otros requisitos que los establecidos en la Constitución de la República, empero<span> </span>la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, no nos legitima como ciudadanos hondureños para ejercer dichos derechos, sino que por el contrario legitima al o a los “movimientos internos” por medio de sus dueños, como los únicos que pueden elegir los ciudadanos hondureños a ser propuestos para ser electos en cargos de elección popular, al tiempo de que exige el cumplimiento de requisitos que vuelven NUGATORIO el ejercicio de nuestros derechos constitucionales. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>EXPLICACION DEL CONCEPTO QUE MOTIVA LA  ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Motiva la Acción de Inconstitucionalidad por vía de Acción pretendiendo que se declare la Inconstitucionalidad  Parcial de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, porque impide el ejercicio DE<strong>L DERECHO PERSONAL, INDIVIDUAL E INTRANSFERIBLE DEL CIUDADANO HONDUREÑO DE ELEGIR Y SER ELECTO, </strong>sin más<span> </span>condiciones que el cumplimiento<span> </span>de los requisitos<span> </span>establecidos en la Constitución de la República, y no las que han sido establecidas en una Ley Secundaria cuya finalidad debió concretarse exclusivamente a desarrollar los alcances de la Función Electoral, en la forma términos y condiciones que ya expresamente establece la Constitución de la República.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>A pesar que la Constitución de la República garantiza expresamente que el derecho de Elegir y ser Electo le corresponde al ciudadano hondureño y que es punible todo acto que prohíbe o limite la participación del ciudadano en la vida política del país, en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, vulnerando la Constitución de la República se crean obstáculos artificiales, barreras arbitrarias y requisitos absurdos para que el ciudadano pueda ejercer su derecho, circunstancia que explicamos de la siguiente manera: </span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 107 se les otorga      facultad a las autoridades centrales de los Partidos Políticos para <strong>QUE LLAMEN A SUS AFILIADOS PARA QUE      INSCRIBAN LOS MOVIMIENTOS INTERNOS, </strong>mediante los cuales participarán      en el proceso de Elección de sus autoridades.</span></li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Meritorio es considerar que según esta Ley, el llamado no debe hacérsele a los ciudadanos hondureños afiliados a un Partido Político en particular, sino que el llamado se le debe hacer a un Movimiento Interno, dando como un hecho que el mismo debe ser constituido obligatoriamente por los ciudadanos hondureños para ejercitar su derecho constitucional.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 108 se establecen las      condiciones y requisitos que los Movimientos Internos deben cumplir y      acreditar para inscribirse y participar en el proceso electoral interno.-      En esta disposición es evidente la facultad que ilegalmente le es delegada      a los movimientos internos, de<span> </span>decidir respecto a los ciudadanos que son elegibles para los cargos      de autoridad del partido a nivel nacional, sustituyendo el derecho del      ciudadano hondureño de expresar a los electores de su propio partido su      propuesta personal, circunstancia que constituye una limitación expresa al      ejercicio de su derecho, con el agravante que muchísimos de esos cargos no      son electos por el voto directo del ciudadano.</span></li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 18pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 109 se establece para      los Movimientos Internos y no para los ciudadanos hondureños, la      posibilidad de solicitar directamente su inscripción al Tribunal Supremo      Electoral para participar en las elecciones internas de autoridades del      partido; esta disposición ratifica y confirma que la Ley Electoral y      de las Organizaciones Políticas despoja a los ciudadanos hondureños del      derecho que les es garantizado constitucionalmente.</span></li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 18pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span><span> </span></span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 116 la situación es aún      más grave, por cuanto el mismo regula la forma de participación en las      elecciones primarias convocadas para ELEGIR Y SER ELECTO EN CARGOS DE      ELECCION PROPULAR, en franca contradicción a la Constitución de la República, se      sustituye el derecho personal de los ciudadanos hondureños y se<span> </span>traslada el derecho a los movimientos      internos de los partidos políticos; mientras la Constitución manda      que el ciudadano hondureño tiene el derechos de ELEGIR Y SER ELECTO, la Ley Electoral y      de las Organizaciones Políticas en este artículo, le delega el derecho a      los movimientos internos al disponer que TENDRAN DERECHO A PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES PRIMARIAS, <strong>los movimientos internos</strong> QUE INSCRIBAN CANDIDATOS PARA LOS CARGOS DE ELECCION POPULAR, en la forma y condiciones expresamente establecidas, y como si el abuso y arbitrariedad no fuera suficiente, se imponen y exigen el cumplimiento de enormes exagerados y exorbitantes requisitos cuyo cumplimiento es imposible para el ciudadano a quién legítimamente corresponde el ejercicio de los derechos constitucionales; con lo cual se concreta la defraudación y<span> </span>despojo del derecho constitucional del ciudadano hondureño y lo convierte en NUGATORIO.- La violación al derecho personal individual e intransferible es mas flagrante aún al no poder existir movimientos para un solo cargo sino que debe ser para el cargo de Presidente, y bajo el y por su única voluntad si así lo desea, todos los demás cargos de elección popular a nivel nacional vale decir Vicepresidente, Diputados al Congreso Nacional, Alcalde, Vicealcalde y Regidores, así como también los cargos de Dirección del Partido vale decir Convencionales, Comité Central, Comités Locales, Comités Departamentales, que son exclusivos de la organización interna de los partidos políticos. </span>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 117 numeral 1) se ratifica el despojo del derecho constitucional del ciudadano hondureño, por cuanto se faculta al Tribunal Supremo Electoral a inscribir los supuestos candidatos electos por el movimiento interno y no por los ciudadanos hondureños, bajo la identificación del nombre del movimiento interno, insignia, emblema y fotografía del candidato presidencial del movimiento.- Criterios al respecto abundan, y todos son concluyentes para acreditar que esta disposición más que evidentemente inconstitucional, limita en forma absoluta el derecho de los ciudadanos hondureños, de elegir y ser electos en las condiciones que manda la Constitución de la República.</span></p>
</li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 18pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span><span> </span></span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 120 se establece para      los Movimientos Internos y no para los ciudadanos hondureños, la      posibilidad de solicitar directamente su inscripción al Tribunal Supremo      Electoral para participar en las Elecciones Primarias para elegir los      ciudadanos hondureños para cargos de Elección Popular; esta disposición al      igual como se expresa en el artículo 109, ratifica y confirma que la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas despoja a los ciudadanos hondureños del derecho que les es garantizado constitucionalmente para elegir a los ciudadanos hondureños que consideren idóneos para desempeñar los cargos de elección popular, así como les limita su derecho a proponer la posibilidad de su elegibilidad personal.</span></li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 121 se define la forma      como participarán los movimientos internos en el proceso de Elecciones      Primarias, circunstancia que es la que permite consolidar el evento      inconstitucional mediante el cual se sustituye el derecho de los      ciudadanos hondureños y se lo apropian los movimientos internos.</span></li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="margin-left: 18pt; text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<ol style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>En el artículo 128 pretendiendo      subsanar el daño causado a la Constitución de la República y la      violación del derecho del ciudadano hondureño, se le otorga a los      movimientos internos un carácter de existencia temporal, aberración sobre      la cual cualquier comentario resulta confirmador de que el derecho      otorgado a los Partidos Políticos<span> </span>de Organizar o Reconocer Movimientos Internos, nunca ha tenido ni      tiene la intención de LOGRAR LA EFECTIVA PARTICIPACION      POLITICA DE LOS CIUDADANOS HONDUREÑOS. </span></li>
</ol>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Un movimiento interno es en realidad un aspirante a la Presidencia de la República, ya que NADIE FORMA MOVIMIENTOS INTERNOS para que otro sea candidato a la Presidencia de la República, en este sentido entonces el movimiento interno es EL CANDIDATO PRESIDENCIAL y éste como dueño del movimiento interno puede disponer de su propiedad, es decir decidir quiénes pueden ser electos en los cargos de elección popular y quienes no,<span> </span>por ende quita y pone a su conveniencia y antojo a quienquiera en cualquier momento; en concreto el CANDIDATO PRESIDENCIAL se apropió indebidamente y por la majestad de esta Ley Inconstitucional, los derechos de todos los ciudadanos hondureños ya que no les es permitido postularse por si mismos.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>El ciudadano hondureño aspirante a un cargo de elección popular, por el ejercicio irrestricto de su derecho constitucional, debe responder únicamente por él mismo ante el electorado y si resulta electo será por la voluntad de los electores, por sus propios méritos, por su capacidad, por su honestidad, por su integridad, por sus propuestas, es decir sin ser obligado a cumplir condiciones inconstitucionales tales como contar con la aprobación y beneplácito del Candidato Presidencial o dueño del “Movimiento Interno”.<span> </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><span style="text-decoration: none;"> </span></span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>FUNDAMENTOS DE DERECHO.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Fundamentamos el presente Recurso de Inconstitucionalidad por vía de Acción, en lo dispuesto en los artículos 184, 185 numeral 1 de la Constitución de la República, y en los artículos 74, 75, 76 numeral 1), 77 numeral 1), 78, 79, 80 párrafo segundo y 81 de la Ley Sobre Justicia Constitucional.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>SE CONFIERE PODER.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Para que nos represente legalmente en este asunto, conferimos Poder al Abogado <strong>JOSUE NAHUN CASTRO <span> </span>COREA, </strong>miembro del Colegio de Abogados de Honduras inscrito con el número 8913, quién despacha sus asuntos profesionales en el Edificio Midence Soto séptimo nivel local 704 teléfono 232-2779,<span> </span>y,<span> </span>le otorgamos las facultades generales del mandato judicial.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center; line-height: 150%;" align="center"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span>PETICION.</span></span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>A la Honorable Sala Constitucional de la  Corte Suprema de Justicia respetuosamente <strong>PEDIMOS</strong>: Admitir el presente escrito junto con la copia simple que se acompaña, tener por Interpuesto el Recurso de Inconstitucionalidad por vía de</span><span lang="ES-TRAD"> Acción para que por razón de contenido se declare la inconstitucionalidad de los artículos 70, 107, 108, 109, 116, 117, 120, 121 y 128 de la Ley electoral y de las Organizaciones Políticas decreto numero 44-2004, darle el trámite procesal que corresponde, librando Comunicación al Honorable Congreso Nacional de la República y al Tribunal Supremo Electoral para que emitan su pronunciamiento, darle traslado al Ministerio Público para que emita el dictamen correspondiente; agotado el trámite procesal y con el mérito de lo actuado, emitir sentencia en la cual se declare la  Inconstitucional pretendida y se ordene la derogación parcial de los artículos 70, 107, 108, 109, 116, 117, 120, 121 y 128 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas y su Inaplicabilidad futura.</span><span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify; line-height: 150%;"><span>Tegucigalpa MDC 20 de mayo de 2008</span></p>
<p class="MsoNormal">

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		<title>¡Por qué no te callas!</title>
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		<pubDate>Sun, 11 May 2008 22:00:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

		<category><![CDATA[DDHH]]></category>

		<category><![CDATA[Fiscalía]]></category>

		<category><![CDATA[Política]]></category>

		<category><![CDATA[Custodio]]></category>

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		<description><![CDATA[Custodio debería retirarse si es que le queda algo de dignidad.
Lo que dice sólo puede ser consecuencia de que su cerebro ya no funciona y desde luego sus actos han demostrado claramente que está senil, pues no quiero pensar algo peor como por ejemplo que ha sido comprado para hacer justamente lo contrario de lo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Custodio debería retirarse si es que le queda algo de dignidad.<br />
Lo que dice sólo puede ser consecuencia de que su cerebro ya no funciona y desde luego sus actos han demostrado claramente que está senil, pues no quiero pensar algo peor como por ejemplo que ha sido comprado para hacer justamente lo contrario de lo que su cargo representa; aunque tal vez <a title="Las amistades de Custodio" href="http://el-investigador.com/documentos/Custodio López.doc" target="_blank">leyendo aquí</a> podemos tener una clave de lo que está ocurriendo.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">La anarquía no la crean 4 personas, como parece que quiere dar a entender el Comisionado de los DDHH intentando desprestigiar a unos fiscales que han tenido el valor que le ha faltado a él para enfrentar la corrupción desde la poltrona de su oficina climatizada; <span style="text-decoration: underline;"><strong>la anarquía se produce cuando la autoridad no es capaz de ejercer su función por una pérdida de legitimidad</strong></span> y eso es lo que pasa con los tres poderes del estado hondureño en estos momentos.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">Custodio, cada día da más lástima!!!</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-family: georgia,palatino;">* Adjunto un video que demuestra que la unión hace la fuerza y que describe perfectamente lo que está sucediendo en Honduras con el despertar de los ciudadanos ante la opresión de los sinvergüenzas.<br />
El león no es tan fiero como lo pintan &#8230; jajaja</span></p>
<p style="text-align: centre;">
<p>[There is a video that cannot be displayed in this feed. <a href="http://investigador.el-investigador.com/2008/05/11/por-que-no-te-callas/">Visit the blog entry to see the video.]</a></p>
<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-</p>
<p style="text-align: justify;">Mientras el Cardenal hondureño Oscar Andrés Rodríguez termina su desayuno en el amplio comedor del Palacio Arzobispal y mira en le televisión el comienzo del &#8220;Frente a Frente&#8221; con Renato Álvarez y sus invitados, cientos de manifestantes nos empezamos movilizar hacia la parte sur de la capital rumbo a la sede del Sindicato de Trabajadores de la Bebida y Similares (STIBYS).</p>
<p style="text-align: justify;">El sol, que se levantó hace más de una hora, todavía es generoso y no quema. Los que llegamos temprano conversamos sobre diferentes temas pero siempre en la plática se hace referencias a los fiscales en huelga de hambre. De cómo un movimiento iniciado por cuatro valientes fue asumido por el pueblo. En las afueras de la sede sindical hacemos espera por los que viven más lejos.</p>
<p style="text-align: justify;">Cuado nos llaman a reunión vamos hacia el salón principal del STIBYS. Después de acomodarnos en las sillas plegables se hace un análisis de la situación y se comparten las últimas instrucciones. Hablan Tomas, Bertha y Juan. Nuestra lucha es pacifica, se nos insiste. No hay que dejarse provocar. Después de analizar el estado de la lucha en contra de la corrupción y las razones de las medidas de presión se define la duración de la toma de ambas vías del boulevard Fuerzas Armadas. Vamos a estar hasta las 12:00 del medio día, unas tres horas, y después marcharemos hacia el Congreso Nacional.</p>
<p style="text-align: justify;">Al terminar las instrucciones, los dirigentes del Bloque Popular (BP) dan la orden para empezar la toma. Todos caminamos por las aceras de la calle hacia los puentes, pues desde allí es más fácil mantener el control. Una contraorden nos obliga a dar marcha atrás. Hay que esperar a los maestros que vienen del interior. Si nos tomamos la calle ahora no van a poder llegar por el embotellamiento que se va a armar.<br />
La espera dura hasta las 9:30 de la mañana, con el sol más fuerte ya no es tan agradable estar sin protección. Los árboles son escasos en la zona. Nos arrimamos a un carro que llegó mientras estábamos reunidos en el salón. Su paila está cargada con más de 20 llantas para ser quemadas en la calle si es necesario.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>La calle se llena de mantas y sombrillas</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Se inicia la toma de ambos carriles del boulevard. La gran manta roja del Bloque Popular ocupa uno de los costados y los indígenas del COPINH hacen lo mismo en la otra vía. Estos compañeros, herederos del Cacique Lempira, han sido muy generosos y disciplinados en la lucha. Desde que llegaron a los bajos del Congreso Nacional se ganaron el respeto y la admiración de todo mundo. Recuerdo que ayer en la noche el pastor de la iglesia Vida Abundante, Evelio Reyes, pidió una de las varas que portan los indígenas y la comparó con el bastón de Moisés.</p>
<p style="text-align: justify;">La gran fila de carros empieza a crecer. La mayoría de conductores, cuando se da cuenta del cierre de las calles, maniobran para salir de la trampa. Pronto las calles lucen llenas y despejadas. Solamente las emergencias tienen derecho de pasar. Un esposo abnegado llevando a su mujer embarazada hacia el Seguro Social de La Granja , varias ambulancias y hasta una patrulla de la policía con rumbo a la Corte Suprema de Justicia logran pasar.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>No se dan incidentes</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Creo que las personas afectadas en el fondo comprenden nuestros motivos. Los políticos han defendido tanto al Fiscal General que se han puesto en evidencia. ¿Qué esconden? ¿Cuál es el miedo? Nunca hablaron tanto de la defensa de institucionalidad como en estos días. Quien les escucha y nos los conoce puede terminar comprándolos.</p>
<p style="text-align: justify;">A la media hora de iniciada la toma aparecen desfilando y con sus mantas los compañeros maestros de Campamento, Olancho, al poco tiempo ocurren escenas similares con los de Villanueva y Potrerillos, Cortés y El Paraíso. Las sombrillas protegen a las compañeras del sol.</p>
<p style="text-align: justify;">Del costado opuesto y sin ser esperados, llegan los compañeros y compañeras del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (SITRAUNAH). Su gente, con las mantas, guitarras, tambores, bajos y maracas nos llenan de alegría. Sus músicos ponen a bailar a más de una pareja de manifestantes.</p>
<p style="text-align: justify;">La policía llega a la zona. Se dedican a explorar el ambiente y a identificar a los líderes. Nadie les brinda la información. Se apagan las llantas que alguien irresponsablemente ha encendido. Antes de la toma se había dado la orden de no usarlas para que el bloqueo de las calles no perdiera su carácter pacifista. Se molestan los radicales pero la mayoría apoya la medida. No hay que contaminar en ambiente alegan otros.<br />
Los policías que llegaron al sitio de la toma responden por la radio las preguntas que desde su puesto de comando les formulan sus jefes.</p>
<p style="text-align: justify;">Los miembros de la Alianza Juvenil ocupan en esta lucha un lugar  muy destacado, ellos normalmente cubren sus rostros para no ser identificados y lucen camisetas con los rostros de la revolución latinoamericana. La mayoría son estudiantes de las universidades de Tegucigalpa.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Desplazamiento hacia otro campo de batalla</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Cumplido el plazo de la toma se forman las filas para emprender la marcha. Seis, siete u ocho kilómetros de recorrido se van a sumar a casi tres horas de toma bajo el sol. El calor de la calle se cuela por la suela de los zapatos, es horrible la sensación en la planta de los pies.</p>
<p style="text-align: justify;">Pronto llegamos al boulevard Comunidad Europea, lo recorremos hasta el puente Guacerique. Seguimos por la ruta tradicional o tomamos la primera avenida; la primera opción ofrece sus riesgos, nos vamos a enfrentar a un tráfico intenso y en contravía, No creemos que la policía nos despeje la calle, esta es una marcha que no se la esperaban. La dirección del Bloque opta por la primera avenida.</p>
<p style="text-align: justify;">Después de dos horas llegamos al puente Mallol. Este puente es uno de los más viejos de la capital y se caracteriza por ser uno de los que divide Comayaguela de Tegucigalpa.<br />
Podemos ver el Congreso Nacional, está al otro lado de Mallol. Las cámaras de los canales de televisión que permanecen en el campamento de la solidaridad nos enfocan. Subimos la cuesta del Banco Central de Honduras, estamos en la calle que lo separa del Congreso. Se gritan las consignas contra la corrupción. La nueva batalla de la guerra contra la corrupción empieza a crecer en intensidad.</p>
<p style="text-align: justify;">En Tegucigalpa, en el occidente, en San Pedro Sula, en La Ceiba , en Colón, en Siguatepeque y en todo Honduras se volvieron a dar las jornadas de lucha que comenzaron el lunes de esta semana.</p>
<p style="text-align: justify;">Hoy se presentaron ante la Secretaria del Congreso Nacional las primeras denuncias contra el Fiscal Leonidas Rosa Bautista y su adjunto Omar Cerna [<a title="Denuncias contra el Fiscal Gral." href="http://el-investigador.com/documentos/Denuncia contra Fiscal General.doc" target="_blank">leer aquí</a>]. Este día los fiscales en huelga de hambre recibieron la visita de las tres centrales sindicales de Honduras para anunciarles que el miércoles de la próxima semana inician acciones de mayor envergadura para presionar por una solución a la crisis del Ministerio Público.</p>
<p style="text-align: justify;">Creo que el Rosa Bautista y Cerna tienen los días contados, pronto pueden ser suspendidos y no creo que regresen a los cargos que hasta ahora ocupan. Mientras les cantamos las golondrinas hay que apuntarse para la próxima lucha.</p>

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		<title>Terrorismo de Estado</title>
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		<pubDate>Thu, 08 May 2008 15:10:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Comunicado Público]]></category>

		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

		<category><![CDATA[ERP]]></category>

		<category><![CDATA[Fiscalía]]></category>

		<category><![CDATA[General]]></category>

		<category><![CDATA[Justicia]]></category>

		<category><![CDATA[Política]]></category>

		<category><![CDATA[Terrorismo de Estado]]></category>

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		<description><![CDATA[Si todo esto que se dice en el  comunicado que adjunto más abajo es cierto, y me es muy fácil no ponerlo en duda por los antecedentes  que se han dado en Honduras, entonces hay que concluir que las instituciones del  Estado hondureño se disponen a usar el TERRORISMO DE  ESTADO [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Si todo esto que se dice en el  comunicado que adjunto más abajo es cierto, y me es muy fácil no ponerlo en duda por los antecedentes  que se han dado en Honduras, entonces hay que concluir que las instituciones del  Estado hondureño se disponen a usar el <span><a title="Terrorismo de Estado" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Terrorismo_de_Estado" target="_blank"><strong><span style="text-decoration: underline;">TERRORISMO DE  ESTADO</span></strong></a> para acabar con una situación que se les ha ido de las manos  y que está poniendo en peligro sus privilegios; privilegios que les han  permitido robar a mansalva saqueando a la Nación por años (Este <strong>botín</strong> es lo que, entre otras cosas, está en juego para ellos&#8230;. <a title="El dinero de los corruptos" href="http://www.revistazo.com/Articulos/monitoreo.php?subaction=showfull&amp;id=1210177821&amp;archive=&amp;start_from=&amp;ucat=3&amp;" target="_blank">leer aquí</a>)</span></p>
<p style="text-align: justify;">El Sr. Ramón Velázquez Nassar ya  ha demostrado que es un lameculos del poder constituido; lo fue con los  nacionalistas y lo es con los liberales y esa acción de posponer la sesión, que  desde luego no creo que haya sido cosa suya solamente pues su inteligencia no da  para tanto y la de Micheletti tampoco (habrá que preguntar a Carlos Flores y a otros que son los que manejan las marionetas tras las bambalinas), es una demostración de que los acorralados corruptos de Honduras han  decidido que lo mejor es que los fiscales mueran para ver si con ellos muere la  protesta de los ciudadanos.</p>
<div style="font-family: Georgia; text-align: center;"><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/aplazados2.jpg"><img class="alignnone size-full wp-image-195" title="aplazados2" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/aplazados2.jpg" alt="" width="448" height="290" /></a></div>
<p style="text-align: justify;">Los diputados no pueden dar la  espalda a su <strong><span style="text-decoration: underline;"><span style="color: #ff0000;">responsabilidad  constitucional</span></span></strong> tal como dice la nota que adjunto y  <span style="text-decoration: underline;"><span style="color: #ff0000;"><strong>no sesionar es una actitud criminal</strong></span></span>. Si alguno de los huelguistas muere, los  hondureños deben pedir responsabilidades penales a los diputados, pues serán  unos vulgares criminales.</p>
<p style="text-align: justify;">Creo que los hondureños, ante  estos hechos, ya no pueden alegar ignorancia sobre la clase de personas que son  los diputados que teóricamente los representan, los políticos que mangonean a su  antojo la vida de los partidos y los funcionarios que tienen secuestrado al  Estado hondureño; sobre todo, los de la CSJ y la Fiscalía que han atropellado a  la Ley todas las veces que han querido.<br />
Si todavía creen que Micheletti (qué error has cometido Yani al unirte a él, aunque de eso hablaré en otro artículo), que Lobo y que los otros políticos &#8220;profesionales&#8221;, que viven a costillas de los ciudadanos desde hace años, ¿será que no saben hacer otra cosa para ganarse decentemente la vida?, van a solucionar sus problemas &#8230; están muy equivocados y seguirán siendo unos parias en su propia Patria.</p>
<div style="font-family: Georgia; text-align: center;"><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/adrian.jpg"><img class="alignnone size-full wp-image-196" title="adrian" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/adrian.jpg" alt="" width="500" height="346" /></a></div>
<p style="text-align: justify;">En Honduras, definitivamente, se  puede asegurar que hoy por hoy no existe justicia y hay que luchar por restablecerla.<br />
<span style="font-size: medium;"><strong> ¡Adelante Honduras!</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">
<div id="IncrediOriginalMessage" style="text-align: justify;" dir="ltr"><em>&#8212;&#8212;-Mensaje  original&#8212;&#8212;-</em></div>
<div id="receivestrings" style="text-align: justify;">
<div style="font-size: 11pt;" dir="ltr"><em><strong>De:</strong></em> <a title="mailto:jamasmerindo@gmail.com" href="mailto:jamasmerindo@gmail.com">Dina  Meza</a></div>
<div style="font-size: 11pt;" dir="ltr"><em><strong>Fecha:</strong></em> 07/05/2008  11:28:15</div>
<div style="text-align: justify;"><em><strong>Asunto:</strong></em> Congreso crea alto  grado de tensión al suspender sesión</div>
</div>
<div style="text-align: justify;">Congreso crea alto grado de tensión al suspender sesión queresolvería crisis del Ministerio Público</div>
<div style="text-align: justify;">Tegucigalpa.- (PSC, martes 06 de mayo 2008).-Congreso Nacional prolongó  esta noche la agonía de los huelguistas de hambre al posponer la sesión que vendría  resolver esta crisis que se agudizó desde el pasado 07 de abril.</div>
<div style="text-align: justify;">La tensión afloró hace pocos minutos cuando se conoció que adentro del  hemiciclo legislativo el diputado Ramón Velásquez Nassar, sin ningún asomo de  misericordia para la delicada salud de los huelguistas de hambre y en especial para los fiscales  que ya llevan 30 días de no ingerir alimentos, manifestó que &#8220;la sesión que va a  tratar este problema de los fiscales se va a llevar a cabo hasta mañana a las 10  de la mañana&#8221;.</div>
<div style="text-align: justify;">La noticia cayó como balde de agua fría a cientos de personas que  esperanzadas esperaban en las afueras del Congreso Nacional, después de largas  horas de espera para que se introdujera un Decreto Legislativo encaminado a  resolver la crisis, pero que carece de los elementos vitales que desde hace días  vienen planteando los fiscales en huelga de hambre.</div>
<div style="text-align: justify;">A pesar que los fiscales demandaron a la Cámara Legislativa la  introducción, dictamen, aprobación e inmediata publicación del decreto, se hizo caso omiso a esta  petición.</div>
<div style="text-align: justify;">El contraste fue espectacular, los sonidos de acordeones de guitarras y  risas de júbilo que dejaron las aseveraciones de los titulares de por lo menos el Ejecutivo y  Judicial en relación a la aprobación del decreto en mención había devuelto por unos minutos un  poco de paz al ambiente que se respira en los bajos del Poder Legislativo.</div>
<div style="text-align: justify;">No indignación no se hizo esperar, centenares de personas les gritaban a  los diputados <strong><span style="color: #ff0000;"><span style="text-decoration: underline;">que cumplieran con su  responsabilidad constitucional</span></span></strong> y retornaran a las sesiones  para terminar de una vez con tanto sacrificio para varias decenas de personas  que acompañan la huelga de hambre en diferentes puntos del país.</div>
<div style="text-align: justify;">La movilización casi inmediata de antimotines demuestra que hay la  preparación de un escenario maquiavélico, dijo una fuente que pidió omitir su nombre.</div>
<div style="text-align: justify;">Bertha Oliva, de la Comisión Negociadora nombrada por los fiscales  manifestó que &#8220;es demasiado, es inhumano lo que está haciendo, esto se suma al calvario de  anoche cuando en forma bestial tuvieron varias horas a las fiscales y los obligaron a ir  a casa de gobierno a pesar de las condiciones precarias de salud en que se  encuentran.</div>
<div style="text-align: justify;">Agregó que hay informaciones que lo que se pretende es llevar al pueblo a  la desesperación para crear el caos y de esa forma tener la excusa para un  desalojo violento de todos los huelguistas de hambre y de las personas que les  acompañan.</div>
<div style="text-align: justify;">Otro de los puntos graves es que <strong><span style="text-decoration: underline;">en las últimas noches hombres  desconocidos, con plena </span></strong><strong><span style="text-decoration: underline;">apariencia de sicarios rondan en  los bajos del Congreso Nacional y tiene en riesgo a los </span></strong><strong><span style="text-decoration: underline;">fiscales en huelga de hambre y a los miembros de la  Comisión que les representa</span></strong>.</div>
<div style="text-align: justify;">Puntos vitales que debe incluir Decreto</div>
<div style="text-align: justify;">1.-Creación de una Comisión Interventora</div>
<div style="text-align: justify;">2.-Creación de una Comisión Técnico Jurídica</div>
<div style="text-align: justify;">3.-Presentación de un informe a la nación con los hallazgos encontrados en  la</div>
<div style="text-align: justify;">investigación que se realice al Ministerio Público.</div>
<div style="text-align: justify;">__________________________________________________________________</div>
<div style="text-align: justify;">Esta nota de prensa es responsabilidad del colectivo Prensa Sin Censura (PSC) desde su carpa instalada en los bajos del Congreso Nacional de Honduras.</div>

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		<title>La lucha de los fiscales</title>
		<link>http://investigador.el-investigador.com/2008/05/02/la-lucha-de-los-fiscales/</link>
		<comments>http://investigador.el-investigador.com/2008/05/02/la-lucha-de-los-fiscales/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 02 May 2008 16:03:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

		<category><![CDATA[Fiscalía]]></category>

		<category><![CDATA[Política]]></category>

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		<description><![CDATA[Antes que cualquier otra cosa, he de dejar muy claro que yo estoy a favor de los fiscales en huelga y que creo que su legítima protesta es el movimiento más serio que se ha hecho en Honduras en los últimos veinte años en contra de la corrupción que campea a sus anchas en territorio [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Antes que cualquier otra cosa, he de dejar muy claro que yo estoy a favor de los fiscales en huelga y que creo que su legítima protesta es el movimiento más serio que se ha hecho en Honduras en los últimos veinte años en contra de la corrupción que campea a sus anchas en territorio hondureño.</p>
<p style="text-align: justify;">Dicho lo anterior, quiero repasar lo que han manifestado diferentes personajes en relación a esta acción que tiene en jaque real, por primera vez, al statu quo político-empresarial que tiene cautiva a Honduras.</p>
<p style="text-align: justify;">El Sr. Micheletti ha dicho bastantes cosas que denotan que piensa que los ciudadanos son tontos a los que se les puede engañar con palabras:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify;">&#8220;El Congreso no puede separar a los fiscales porque violentarían la Constitución y el debido proceso a que tiene derecho cualquier ciudadano cuando un caso es elevado a un tribunal de justicia&#8221;. [<span style="color: #993300;">Por una parte es evidente que el Congreso no es un tribunal de justicia y por la otra que fue el Congreso el que nombró al Fiscal General y a su adjunto; por ello, de la misma forma que los nombró los puede destituir sin necesidad de ninguna garantía procesal para ambos ya que las cosas se deshacen en las mismas instancias en las que se hacen<span style="color: #000000;">].</span></span></li>
<li style="text-align: justify;">&#8220;Seremos respetuosos de la ley, porque el día de mañana vendrá al Congreso otro grupo y pedirá la cabeza del Presidente de la República sin respetar el debido proceso&#8221;. [<span style="color: #993300;">Esto es demagogia en el más puro estilo. El Presidente puede ser destituido de acuerdo a lo que dice la Constitución de la República y nada tiene que ver ese caso con el de los fiscales</span>].</li>
<li style="text-align: justify;">&#8220;Pidió a los huelguistas que reflexionen en su posición porque su vida está por encima de cualquier causa que quieran defender&#8221;. [<span style="color: #993300;">Jajajaja ... qué buen corazón el de Micheletti manifestando su preocupación por la salud de los fiscales, .... ¿o será más bien preocupación por su posición política y por el cuello de sus amigos inmersos en los expedientes de la fiscalía engavetados por el ¿honrado? Fiscal General?</span>].</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">El Sr. Antonio Rivera Callejas, que es uno de los ejemplos de los individuos pertenecientes a los &#8220;patricios&#8221; hondureños que han estado toda la vida ordeñando la vaca llamada Honduras, en la misma onda que Micheletti dice que se quiere romper el orden constitucional (<span style="color: #993300;">si sabrá él lo que es el orden constitucional tras las innumerables veces que junto a sus camaradas lo han pervertido [<a title="Rompimiento del orden institucional" href="http://www.el-investigador.com/documentos/Rompimiento Orden Institucional.doc" target="_blank"><span style="color: #0000ff;">leer este documento</span></a>]</span>) y añade lo siguiente:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify;">&#8220;Hay buena voluntad de llegar a un arreglo, de nombrar las comisiones de        notables, la comisión jurídica y la de seguimiento, pero donde las        negociaciones están en punto muerto es en la destitución de las        autoridades del Ministerio Público&#8221;. [<span style="color: #993300;">Los ciudadanos los han elegido a ellos para resolver los problemas, pero cada vez que surge uno corren a nombrar comisiones. ¿Tan incapaces son?, ¿o tal vez su táctica es ganar tiempo para que la gente se olvide y poder seguir como siempre?</span>]</li>
<li style="text-align: justify;">Deploró que &#8220;se esté amenazando a        los diputados del Congreso Nacional y después van a pedir        nuestra destitución&#8221;. [<span style="color: #993300;">Eso es lo que los tiene "acongojados", que los hondureños despierten y los pongan contra las cuerdas</span>]</li>
</ul>
<p><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/comisiones1.jpg"><img class="alignnone size-full wp-image-190 aligncenter" title="comisiones1" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/comisiones1.jpg" alt="" width="500" height="322" /></a></p>
<p style="text-align: center;"><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/comision2.jpg"><img class="alignnone size-full wp-image-191 aligncenter" title="comision2" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/comision2.jpg" alt="" width="450" height="284" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Creo que los hondureños tienen en estos momentos una oportunidad histórica para hacerles saber a todos los sinvergüenzas que se han apropiado de su Patria que están dispuestos a rescatarla de sus garras.</p>
<p style="text-align: justify;">Deben estar alertas y vigilantes para que en su movimiento de rescate no se cuelen &#8220;quintacolumnistas&#8221; como el Comisionado Nacional de los DDHH o un CNA cuyo Secretario Ejecutivo me informan que es primo de Callejas (¡qué cosas hay que ver en Honduras!).</p>
<p style="text-align: justify;">Por supuesto, hay que proteger todos los expedientes archivados en la Fiscalía para que no desaparezcan, &#8230;si no es que ya han desaparecido, pues los implicados deben estar temblando ante las consecuencias de este movimiento iniciado por los fiscales y que como una mancha de aceite se va extendiendo a toda la República.</p>
<p style="text-align: justify;">Y si quieren saber la verdad van a tener que leer los medios de información alternativos pues la prensa &#8220;normal&#8221; no está al servicio de los ciudadanos sino que al servicio de los que han desvalijado a Hibueras y por ello está desinformando desde el comienzo sobre el movimiento de los fiscales.</p>
<p style="text-align: justify;">¡ADELANTE HONDURAS!</p>

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		<title>¡Ah!, ¿pero es que existe Fiscalía en Honduras?</title>
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		<pubDate>Mon, 14 Apr 2008 17:42:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Miguel de Arriba</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Corrupción]]></category>

		<category><![CDATA[Denuncia]]></category>

		<category><![CDATA[Fiscalía]]></category>

		<category><![CDATA[Justicia]]></category>

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		<description><![CDATA[Creo que los hondureños deben de plantearse muy seriamente si creen que existe un sistema de justicia en Honduras.
En lo personal, por lo que he estudiado sobre el tema, por las conversaciones que tuve durante mi estancia en Honduras con diversos fiscales e incluso con el primer Fiscal General y por mis experiencias como denunciante, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Creo que los hondureños deben de plantearse muy seriamente si creen que existe un sistema de justicia en Honduras.</p>
<p style="text-align: justify;">En lo personal, por lo que he estudiado sobre el tema, por las conversaciones que tuve durante mi estancia en Honduras con diversos fiscales e incluso con el primer Fiscal General y por mis experiencias como denunciante, he de decir que el Ministerio Público de Honduras es un ente vacío que sólo tiene el nombre, pero no la substancia.</p>
<p style="text-align: justify;">Los ciudadanos están totalmente indefensos ante las tropelías de distinto signo que suceden en tierras catrachas en lo general y en un punto de máxima sensibilidad para la mayoría de ellos, como es la Defensa del Consumidor, en particular.</p>
<p style="text-align: justify;">A eso se une la pudrición en la que se encuentra el Poder Judicial, que como acaba de descubrir el ¿ingenuo? Presidente de la República se halla totalmente politizado; y pongo ingénuo entre interrogantes ya que esa politización es consecuencia de los pactos entre los dos partidos mayoritarios de Hibueras, siendo casualmente uno de ellos, el liberal, el del máximo mandatario del Poder Ejecutivo.</p>
<p style="text-align: justify;">Creo que el artículo de D. Gautama Fonseca sobre el tema [<span style="color: #0000ff;"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><a href="http://elinvestigador.blogspot.com/2008/04/la-corte-suprema-y-la-justicia-en.html" target="_blank">La Corte Suprema y la justicia en Honduras</a></span></span></strong></span>] es muy clarificador y me ahorra extenderme en mis comentarios ya que expresa exactamente lo que opino sobre el particular.</p>
<p style="text-align: justify;">Ahora, de nuevo, salta otro escándalo, en el largo goteo de ellos que la Fiscalía General ha protagonizado, con la huelga de hambre que algunos fiscales han emprendido para denunciar lo que está sucediendo, aunque nada es nuevo bajo el sol de Honduras; y mucho me temo que, conociendo los hechos de las &#8220;autoridades de la fiscalía&#8221;, los huelguistas, como dice mi compañero en el Foro Hibueras, Héctor Castillo, tienen todos los boletos para morir de inanición sin conseguir sus propósitos pues el Fiscal General ya ha manifestado que esa acción no va a presionarlo. Palabras que me resultan conocidas en boca de los Fiscales Generales [<a href="http://conexihon.com/home/portada21/portada/sociedad-2.htm" target="_blank"><span style="color: #0000ff;"><span style="text-decoration: underline;"><strong>leer aquí</strong></span></span></a>], que parece que tienen un libreto aprendido y no se salen del guión.</p>
<p style="text-align: justify;">El Sr. Rosa Bautista tiene que dar muchas explicaciones sobre lo que ha sucedido en su administración; él y todos los que han pasado por la Institución, antes o después tendrán que enfrentarse con los hechos [cosas más difíciles han ocurrido en el mundo que nadie pensó ocurrirían].</p>
<p style="text-align: justify;">Los reclamos de los fiscales [ <span style="color: #0000ff;"><strong><span style="text-decoration: underline;"><span><a href="http://www.revistazo.com/Articulos/coyuntura_nac.php?subaction=showfull&amp;id=1207781610&amp;archive=&amp;start_from=&amp;ucat=8&amp;" target="_blank">Fiscales dan a conocer casos de corrupción sin resolver dentro del MP</a></span></span></strong></span> ] deberán tener cumplida respuesta ante la ciudadanía y si los responsables jurídicos y políticos de la corrupción que atenaza a los operadores de justicia hondureños piensan que siempre van a ser inmunes a la acción de los ciudadanos cometerán la mayor equivocación de su vida.</p>
<p style="text-align: center;"><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/grandes_logros.jpg"><img class="alignnone size-medium wp-image-185" title="grandes_logros" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/grandes_logros-300x188.jpg" alt="" width="300" height="188" /></a></p>
<p style="text-align: center;">
<p style="text-align: center;"><a href="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/fiscalia_corrupcion.jpg"><img class="alignnone size-full wp-image-186" title="fiscalia_corrupcion" src="http://investigador.el-investigador.com/wp-content/uploads/fiscalia_corrupcion.jpg" alt="" /></a></p>
<p style="text-align: center;">
<p style="text-align: justi